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REGLAMENTO DEL INTERNADO ROTATIVO
CARRERA DE ENFERMERIA
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INTRODUCCIÓN


La Carrera de Enfermería, la Universidad Central en  función de formar talento humano en Enfermería, capaces de  aplicar y profundizar los conocimientos,  habilidades, destrezas y valores del estudiante, adquiridos a lo largo  de  su formación, y así  garantizar el cumplimiento del perfil de egreso capaces de desempeñar su rol en las áreas de salud de  tanto comunitario como hospitalario Garantizando  la relación en la  promoción de la salud, el aumento del bienestar y la calidad de vida de las personas, familias y comunidades
 Presenta el siguiente   Reglamento  que tiene  como propósito dar a conocer las principales facilidades académicas y administrativas del Programa de Internado Rotativo de Enfermería, en la seguridad de que el conocimiento de reglamentos, objetivos específicos, sistema de rotación, evaluación y más información que se incluye, cumpla con la finalidad de contribuir al efectivo cumplimiento del Internado Rotativo (Practicas Pre profesionales)  en los aspectos asistenciales y académicos en cada Unidad Operativa y que contribuirá a la formación profesional, al mejoramiento y desarrollo de los servicios de salud.




REGLAMENTO  DEL  INTERNADO ROTATIVO  DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS
CARRERA DE ENFERMERÍA

CONSIDERANDO

Que       el art. 350 de la Constitución de la República del Ecuador señala “que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista: la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas: la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo.

Que       el art. 88 del Reglamento de Régimen Académico que regula y orienta que el académico de las instituciones de educación superior (IES) establece que "Las Practicas Pre profesionales son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y desarrollo de destrezas y habilidades específicas que un estudiante puede adquirir para un adecuado desempeño en su futura profesión. Estas prácticas deberán ser de investigación–acción y se realizaran en el entorno institucional empresarial o comunitario, público o privado, adecuado para el fortalecimiento del aprendizaje, Las prácticas pre profesionales o pasantías son parte fundamental del currículo conforme se regula en el presente reglamento";

Que       en el art. 90 del referido reglamento establece “Las prácticas pre profesionales durante el período de aprendizaje, en la Educación Superior, técnica y tecnológica y sus equivalentes y de grado, las practicas pre profesionales se distribuirán a lo largo de las unidades de organización curricular, tomando en cuenta los objetivos de cada unidad y los niveles conocimiento investigativas adquiridos";

Que El art. 29 del Reglamento Académico del Sistema de Educación Superior señala que “. Las actividades de vinculación con la colectividad y las prácticas pre profesionales y en los campos de su especialidad son un componente educativo constituido por actividades inherentes al fortalecimiento y puesta en práctica de los conocimientos programáticos, van de acuerdo al avance progresivo de la formación profesional y de las competencias desarrolladas por el estudiante, y lo relacionan con el contexto de su carrera.

Que       En el art. 30 establece que “Los estudiantes de las instituciones del Sistema Nacional de Educación Superior, durante su proceso de formación profesional, deben cumplir el número de horas de actividades de vinculación con la colectividad y prácticas pre profesionales en los campos de su especialidad, referidas en los artículos 19 y 20 del referido reglamento, en forma progresiva y de acuerdo con las normativas que para el efecto establezca cada institución educativa.”

Que En el art. 31 establece que. “Las actividades de vinculación con la colectividad y prácticas pre profesionales en los campos de su especialidad constituyen uno de los requisitos obligatorios de graduación.

 Que la norma técnica de las  UAD, define la necesidad de establecer un sistema de concertación entre el sector público y las Instituciones de Educación Superior (IES).Son por lo tanto, las UAD aquellas que facilitan el proceso de aprendizaje debido a su estructura y órganos de dirección, planta física, recursos asistenciales y cartera de servicios, índices mínimos para una correcta relación alumno/camas/pacientes, indicadores docentes, biblioteca, control de calidad, estructura de investigación, órganos de participación, entre otros. Suplemento -- Registro Oficial Nº 377 --


Resuelve
DICTAR EL PRESENTE REGLAMENTO DEL INTERNADO ROTATIVO (PRÁCTICAS PREPROFESIONALES) DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR


TÍTULO PRIMERO: DEL ÁMBITO, OBJETIVOS Y ESTRUCTURA

CAPÍTULO I: DEL ÁMBITO.
Artículo 1.- El presente reglamento orienta, regula las prácticas pre profesionales del área de salud comunitaria y hospitalaria de la Carrera de Enfermería de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Central de Ecuador.
Artículo 2.-  El internado rotativo de la carrera de enfermería responde a un proceso de formación, que se refiere a un mismo objeto académico y social, tanto teórico como practico, en el cual se optimiza el aprendizaje y el desarrollo de competencias específicas de los futuros egresados de Enfermería en escenarios reales y concretos vinculados al sector de Salud.
Artículo 3.- El Programa de Internado Rotativo es incompatible con el desempeño de un cargo o contrato en cualquier Institución Pública, pues el Interno es un estudiante becario a tiempo completo y dedicación exclusiva.
CAPITULO II: OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE INTERNADO ROTATIVO
Artículo  4.- Serán los objetivos del programa de internado:
a)         Proporcionar cuidado integral de calidad a la persona en su ciclo vital, familia y comunidad; aplicando el Proceso de Atención de Enfermería, la investigación, educación para la salud,  política de salud con criterio científico, técnico, humano y ético.
b)        Apoyar administrativamente en  las unidades de enfermería, participando en la toma de decisiones, planificación de los servicios de salud, políticas, programas y proyectos dirigidos a grupos específicos y de beneficio comunitario.
c)         Aplicar el proceso de investigación para desarrollar actividades que contribuyan a la solución de  los problemas de salud, de las unidades operativas en los  diferentes niveles de atención respetando los derechos y deberes de las  personas.
d)        Realizar acciones de educación para la salud orientadas a la promoción de la salud y a la prevención de enfermedades dirigidas a la persona, familia, personal de las áreas y comunidad.
e)        Participar e implementar proyectos de desarrollo con la comunidad para fortalecer la organización y participación comunitaria.
f)          Aplicar la comunicación asertiva de manera oportuna, verbal y por escrito para evidenciar el trabajo del Internado e informar las decisiones, acciones y resultados de su intervención a las instancias necesarias y pertinentes.

CAPITULO III: LA ESTRUCTURA
Artículo 5.- La estructura del internado Rotativo tiene dos componentes: uno académico y otro administrativo. El componente académico se regirá por las disposiciones académico – administrativas de la carrera y por los reglamentos vigentes de cada una de las unidades académicas. El componente administrativo estará constituido por una unidad académica integrada por la coordinadora, las/os docentes del programa de Prácticas Pre profesionales, las tutoras de la diferentes Unidades Docente Asistenciales y los representantes estudiantiles.
Artículo 6.- Serán las funciones de la unidad académica del Internado Rotativo:
a)    Vigilar que las unidades miembros de la organización realicen el estudio de las áreas previo a la ubicación del interno y priorizando los resultados de aprendizaje del programa.
b)   Coordinar con Las Unidades Asistenciales – docentes (UAD),  la inducción del interno/a rotativo en la institución
c)    Vigilar que las unidades miembros de la organización cuenten con un programa de prácticas formativas y los sílabos del programa de internado con todas las actividades académicas planificadas.
d)   Hacer respetar la programación y distribución de áreas  de práctica garantizando el cumplimiento de los resultados de aprendizaje.
e)   Vigilar el cumplimiento de los derechos y  responsabilidades de las/os internos, orientados a la protección y disminución de los riesgos laborales de los internos/as.
f)     Coordinar la participación del interno rotativo en eventos de capacitación académica y de actualización organizados por la institución

TÍTULO II: DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO, Y ACADÉMICO

CAPITULO IV: DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DEL INTERNADO ROTATIVO
Artículo 7. Pre-requisitos de inscripción al internado rotativo-UCE:
a)      Haber cursado y aprobado todas las asignaturas teóricas y prácticas, hasta el sexto  semestre (inclusive), del plan de estudios de la Carrera de enfermería.
b)      Llenar el formulario de solicitud de inscripción al Internado Rotativo
c)       Contar con el visto bueno del Coordinador  del Internado rotativo, previa verificación por auditoria del expediente académico
d)      Efectuar la inscripción y/o reinscripción del internado en las fechas establecidas en el Calendario Académico.
e)      El estudiante que no haya cumplido con los requisitos de inscripción en la fecha correspondiente, quedará fuera de la rotación, deberá optar para iniciar en el período siguiente, conforme el calendario.
f)       Bajo ninguna circunstancia se otorgará prórroga a ningún estudiante para iniciar el internado fuera de las fechas establecidas en el calendario anual de selección, distribución e inicio del Internado.
g)      Previo a cada período de inicio del Internado Rotativo, se impartirá un seminario de inducción, orientado a la presentación y discusión del presente Reglamento; incluirá charlas de orientación y sensibilización sobre principios éticos y morales; sobre la disciplina hospitalaria, y otros tópicos relacionados con los procesos académicos y el sistema de labores hospitalarias.
h)      La asistencia al seminario de inducción es de carácter obligatoria y constituye un requisito para tener derecho a iniciar el internado.
i)        El inicio de cada período de Internado Rotativo se hace de manera simultánea en todas las Unidades Asistenciales Docentes.

Artículo 8.  Proceso de Selección, Distribución y Asignación de Plazas de Internado en la Unidades Asistenciales Docentes
El proceso de selección se realiza con la participación activa y libremente democrática del estudiante.
El proceso de asignación de plazas de internado por Unidades Asistenciales Docentes queda regulado por el Reglamento del Internado Rotativo del MSP, como se describe a continuación:
La asignación de plazas para el Internado Rotativo en las Unidades Asistenciales Docentes previamente seleccionadas se efectuará mediante sorteo público en fecha señalada por el Coordinador del Programa de Internado Rotativo, con la presencia del personal docente asignado para el programa de Internado Rotativo  la  Carrera de Enfermería.
Para el sorteo se deberá contar con la nómina de los estudiantes, la misma que estará priorizada en orden descendente en función del puntaje obtenido durante los 5 semestres de estudio.
Podrán seleccionar las Unidades Asistenciales Docentes más cercanas a sus lugares de residencia,  los estudiantes que se encuentren  en los siguientes casos y de acuerdo al orden de prioridad que se establece:
Prioridad Uno: considera, al 10 % de los estudiantes con mejores puntajes obtenidos en todo el proceso de formación, en reconocimiento al mérito académico.
Prioridad Dos: estudiantes que presenten discapacidad mayor al 30% emitido por el organismo competente, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas que limiten el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico. Se incluirá en esta prioridad al estudiante que tenga un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, en las condiciones de salud establecidas en el párrafo anterior y que se encuentren bajo su cuidado directo, según el informe técnico que emita el ComCAD Zonal respectivo.
Prioridad Tres: estudiantes embarazadas, hecho que será justificado con la entrega previa del certificado que legitime su calidad de gestante, emitido por un facultativo de un establecimiento de salud del Ministerio de Salud Pública.
Prioridad Cuatro. Madres de niñas/os menores de 5 (cinco) años cumplidos hasta la fecha establecida dentro de la convocatoria, hecho que deberá ser justificado a través de  la presentación de la  partida de nacimiento respectiva. Padres de niños/niñas menores de 5 (cinco) años cumplidos hasta la fecha establecida dentro de la convocatoria, hecho que deberá ser justificado a través de  la presentación de la  documentación que avale la tutela legal del menor.
PRIORIDAD cinco Estudiantes casados o en unión de hecho debidamente legalizada y registrada en el registro civil.
PRIORIDAD seis. Estudiantes solteras/solteros
PRIORIDAD siete Estudiantes que no se presentaron, renunciaron o abandonaron la plaza que le fuera asignada en sorteos anteriores, sin la debida justificación aprobada por la Coordinación del Internado.
El sorteo de todas las plazas disponibles en la UCE, se realiza el mismo día, incluyendo la distribución en todas las Unidades Asistenciales Docentes.
Las plazas asignadas no son transferibles, solamente se aceptarían cambios de forma voluntaria y escrita, de un estudiante a otro, dicho intercambio tiene que efectuarse el mismo día del sorteo, y deberá contar con la aprobación del Coordinador del Internado Rotativo.
En caso de plazas desiertas, por no haber sido seleccionadas en el sorteo, aun estando disponibles, los interesados podrán solicitarlas por escrito a la Dirección de la Carrera, en acuerdo con la Coordinación General del Internado rotativo.
Nota. En casos excepcionales, de carácter humanitario o de seguridad personal, el estudiante podrá solicitar cambio de hospital.
Artículo 9.- De los Controles Académicos y Administrativos

1.       Supervisión de los estudiantes en formación
La supervisión docente es un proceso de responsabilidad compartida: 50% de la UAD y 50% de la IES.
2.       Garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes
La unidad asistencial-docente debe garantizar que los estudiantes desarrollen sus prácticas formativas en condiciones adecuadas de seguridad, protección y bienestar, conforme a las normas vigentes, para lo cual ofrecerá las siguientes garantías:

a.       Los internos rotativos de enfermería tendrán derecho a alimentación, hospedaje y elementos de bioseguridad gratuitos, de acuerdo con las jornadas, turnos y servicios que cumplan en el marco de la práctica formativa
b.       Los internos rotativos de enfermería, serán afiliados al IESS, por el tiempo que dure su entrenamiento, de acuerdo, a lo que establece la Resolución No.380 del IESS del 1º. de Septiembre del 2011;
c.        Los convenios asistenciales-docentes establecerán las responsabilidades de las partes en la suscripción, financiación, pago, trámite y seguimiento de dichas garantías.

3.       Carga asistencial y horario de los estudiantes
Los turnos de las prácticas formativas de los estudiantes se fijarán atendiendo las normas, principios y estándares de calidad en la prestación del servicio de salud y de bienestar de los estudiantes. En todo momento se debe garantizar la calidad en la atención. Para el efecto se fija la siguiente carga horaria, basada en estándares internacionales.

Tipo

Carga horaria semanal máxima en
total 8-16

Turnos nocturnos
Estudiantes de pregrado de enfermería que realizan el internado rotativo

30 horas semanales de actividades asistenciales supervisadas con tutor, y 10 horas de trabajo académico de formación complementaria.

Turnos de 6 a 12 horas, según lo establezca la malla curricular de la carrera de enfermería.

4.       Condiciones especiales de la jornada asistencial
De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales, aplicable a todo ciudadano, el interno rotativo de enfermería tendrá derecho a la organización de su horario de trabajo que, sin suponer una disminución del número semanal de horas establecido, le permita realizar jornadas diarias reducidas en los siguientes casos:

a.       Durante el embarazo, embarazo de riesgo y lactancia
b.      Por razones de guarda legal, aquel que tenga a su cuidado directo a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial y que no genere una actividad retribuida
c.        Cuando le sea necesario encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo, y que no genere una actividad retribuida
d.      Cuando el Interno rotativo tenga la tenencia y custodia no compartida de un hijo menor de edad.

Él/la estudiante deberá en todos los casos completar y aprobar el número de créditos requeridos para ser promovido al nivel inmediato superior.

5.        Personal en formación con discapacidad
Los estudiantes con discapacidad serán admitidos y participarán en condiciones que garanticen el principio de igualdad de trato en los procesos de formación por el sistema de educación. La unidad asistencial-docente estará obligada a garantizar accesibilidad arquitectónica a todas las actividades del programa formativo, así como a facilitarle las ayudas técnicas y tecnológicas necesarias para su normal desempeño.

Si la discapacidad impide a la/el Interno rotativo realizar jornadas de trabajo prolongadas, no se disminuirá el número de horas que determina el programa formativo, pero sí se organizará de forma que tenga los descansos necesarios y apropiados a sus capacidades funcionales, siempre y cuando no le impida el desempeño de la especialidad. Los estudiantes con discapacidad deberán presentar el respectivo carnet que certifique la discapacidad, emitido por la autoridad competente, al inicio del curso.

Él/la estudiante deberá en todos los casos completar y aprobar el número de créditos requeridos para ser promovido al nivel inmediato superior.


6.        Garantías académicas a los estudiantes
Los estudiantes de programas de formación en salud tendrán las siguientes garantías a nivel académico:
a.       Las rotaciones en los establecimientos de salud, deberán obedecer a un programa de prácticas formativas previamente definido por la IES en el Plan de Prácticas formativas;
b.      Participar en actividades asistenciales necesarias para su formación bajo estricta supervisión del personal docente y/o asistencial previsto en el convenio asistencial docente;
c.        La UAD deberá respetar la malla curricular establecida por la IES y la programación de las rotaciones de los estudiantes.
d.       Los estudiantes no pueden ser movilizados ni reprogramados en otros servicios sin autorización de la IES y siempre que el Plan de Prácticas Formativas lo establezca.
e.      Las/os estudiantes del Internado Rotativo para asistir al día académico no realizarán turno de velada el día anterior y el día académico.
f.        La jornada de trabajo será de 10 horas, 5 horas presenciales con la tutora contratada para las Unidades Docente Asistenciales, y las 5 horas restantes para realizar trabajos autónomos.

TITULO III: DEL REGIMEN ESTUDIANTIL
CAPÍTULO V: OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS/OS INTERNAS/OS ROTATIVAS/OS DE ENFERMERÍA.
Los Internos Rotativos deberán cumplir con las obligaciones generales y con las obligaciones específicas que a continuación se expresan.
a.       Cumplir con el Estatuto de la Universidad Central,  el  reglamento de Internado rotativo,  y el reglamento de las UAS  a la que está asignada  además de   lo que está estipulado en el Contrato de su Beca.
b.      Cumplir las normas y procedimientos  de la Unidad Operativa en la que realiza su trabajo y estudio.
c.       Mantener un comportamiento que demuestre respeto a sí mismo, a pacientes, familias, docentes, trabajadores de la salud y otras personas con la que se  relaciona en su trabajo diario.
d.      Participar en el proceso de evaluación con docentes y enfermeras de servicios.
e.      Cumplir las rotaciones durante todo el año en la Unidas Asistencial Docente asignada, salvo situaciones excepcionales analizadas  y  probadas entre docencia y servicio.
f.        La/el estudiante del Internado Rotativo es un estudiante en formación y NO reemplaza a un profesional ya formado. La responsabilidad profesional es de competencia de los profesionales que han terminado su formación.
g.      Los establecimientos de salud deberán garantizar un número adecuado de profesionales ya formados, que cubran sus propias necesidades asistenciales.
h.      La práctica formativa en salud debe incluir un programa de delegación progresiva de funciones y responsabilidades a los estudiantes de acuerdo con los avances teórico-prácticos del estudiante en cada período académico, bajo la supervisión del docente y el personal asistencial responsable del servicio.
i.         Las/os estudiantes del Internado Rotativo deben usar ropa adecuada (uniformes hospitalarios o en inglés scrubs) y presentación personal de acuerdo con las disposiciones del Comité de Coordinación Asistencial-Docente (C. CAD.) Deben usar además de manera obligatoria mandil con el logotipo y portar la credencial oficial de la IES a la que pertenecen.
j.        Deberán mantener y recibir una actitud respetuosa, amigable, solidaria, responsable y conservar las buenas maneras.

1.       Derechos de las/os Internas/os Rotativas/os de Enfermería.

a.    Todos los estipulados en el Estatuto Universitario,  Reglamento del Internado rotativo y de  las Unidades Asistenciales Docentes, donde cumple su rotación.
b.    Disponer de ocho días de ausencia por enfermedad que requiera hospitalización, o de 15 días en caso de parto, debidamente certificados sin obligación de reposición.
c.     Disponer de facilidades y privacidad en lo referente a vestuarios.
d.    Recibir las remuneraciones a las que tiene derecho de conformidad con los servicios suscritos.
e.    Recibir orientación al inicio de cada rotación así como tutoría docente permanente que le permita un mejor desenvolvimiento y seguridad en su ejercicio     .
f.     Tener representación universitaria a la comisión del Internado de ASEDEFE.
g.    Asistir a las actividades académicas planificadas por el programa y a otras actividades universitarias debidamente autorizadas por la docente responsable.

2.       Prohibiciones para la/el Interna/o Rotativa/o de Enfermería.

a.    Asumir responsabilidades que no son de su competencia.
b.    Faltar o abandonar el área de práctica, sin justificación debidamente certificada.
c.      Ingerir cualquier tipo de drogas, o bebidas alcohólicas, o participar en acciones reñidas con la ley y  la moral.
d.    Solicitar o recibir retribuciones por parte de pacientes y familiares.
e.    Llevar fuera del servicio documentos o pertenencias de la institución o de los usuarios.
f.     Realizar o participar en actos que ponen en riesgo la vida de las personas y utilizar equipos e instalaciones de la institución en actividades personales.
g.     Cambiar los turnos
h.    Realizar reemplazos de enfermeras en las instituciones donde cumple su rotación.
i.      El uso de teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo electrónico durante de las horas de práctica.


CAPÍTULO VI: DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 10. Se consideran faltas disciplinarias graves:
a.      Abandonar el área asignada sin autorización debidamente certificada por el Docente Coordinador del Área o el tutor asistencial correspondiente.
b.      Cometer actos que pongan en peligro la vida del paciente.
c.       Faltar a turnos  los días sábados, domingos y días feriados sin justificación.
d.      Consumir sustancias estupefacientes y/o ingerir bebidas alcohólicas o participar en actividades que menoscaben la ley y la moral en el interior de la unidad operativa.
e.      Solicitar y/o recibir retribuciones económicas por parte de los usuarios del servicio.
f.        Retirar y/o alterar documentos y equipos del hospital sin la autorización correspondiente.
g.      Utilizar equipos y/o instalaciones de la institución en beneficio económico personal.
h.      Comercializar los insumos médicos del hospital.
i.        Efectuar procedimientos  para los cuales no ha sido expresamente autorizado.
j.        Presentar certificados médicos alterados o sin su respectiva legalización.

Artículo 11.  Son faltas disciplinarias leves:
a.      Cambiar los turnos  asignados
b.      Concurrir con atraso de quince minutos a las actividades asignadas. Tres atrasos constituyen una falta. El atraso de más de quince minutos se considera una falta, sin que quede liberado de la obligación de cumplir las actividades asignadas.
c.       Faltar a los turnos  entre semana
d.      Presentarse al área de trabajo con indumentaria no apta para realizar sus labores.
e.      Atender a los usuarios de manera arbitraria, descortés o negligente.

Artículo 12. De las faltas al día académico:
a.       El estudiante deberá asistir puntualmente al día académico, si se atrasara se sumarán 3 atrasos convirtiéndose en una falta.
f.        Si el estudiante faltara al día académico se le amonestará por escrito y se restará 0,50 puntos a la nota final de la rotación por cada falta injustificada, además  deberá devolver 2 turnos de 6 horas, la respectiva devolución se coordinará con las tutoras contratadas para  las Unidades Asistenciales Docentes. Además deberán reportarse a la coordinación general del Internado Rotativo de la Carrera de Enfermería.
g.       Si la inasistencia  supera el  10% del periodo programado para la rotación, perderá la misma


CAPITULO VII: DE LAS SANCIONES
Artículo 12. Las faltas disciplinarias que cometan los estudiantes del Internado Rotativo en el trabajo académico asistencial serán denunciadas por escrito a las autoridades del Internado Rotativo, por parte del profesional responsable del área donde se haya cometido la falta disciplinaria, y sancionadas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Internado Rotativo de la Carrera, Estatuto Universitario de la UCE y Reglamento de las Unidades Asistenciales Docentes.

Artículo 13. Las faltas disciplinarias graves serán sancionadas con la pérdida del año del internado rotativo, exceptuando las faltas debidamente  justificadas, que serán sancionadas con la pérdida del semestre en que se cometió la falta disciplinaria.

Las sanciones del Interno Rotativo de Enfermería consistirán:
a. Amonestación verbal por el superior en caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones del presente reglamento.
b. Amonestación escrita por parte de la coordinadora en caso de reincidencia.
c. Suspensión del Internado rotativo impuesto por el  Consejo de Carrera por:
o   Reincidencia en faltas
o   Falta o abandono a un turno sin debida justificación y autorización
o   Faltar a la moral.
o   Ultraje a un profesor o autoridad y/o personal de las Unidades Operativas.

Artículo 14.- La ausencia injustificada de los Internos Rotativos a tres turnos consecutivos, equivaldrá a reprobación del semestre respectivo.

CAPÍTULO VIII
CONTROL DE LOS PROCESOS ACADÉMICOS

Artículo 15. El Control de los Procesos Académicos y Administrativos del Internado Rotativo de la Carrera de Enfermería de la UCE, se fundamenta en los siguientes criterios:

a)      Control de Asistencia. La asistencia al internado es de carácter obligatorio; seis  inasistencias sin causas justificadas, determinan la reprobación de la práctica correspondiente.
b)      La Secretaria de la UAD será la encargada de llevar el control de asistencia, bajo la supervisión de la Coordinadora de la práctica de las IES.
c)       Las/los internos tienen la obligación de registrar su asistencia en los Sistemas de Control que se utilizan en las diferentes UDA
d)      Al finalizar cada semana, el coordinador de la práctica revisará la hoja de asistencia de cada interno, confirmando u objetando el record semanal de asistencia; el mismo, deberá quedar legalizado con la firma de la Coordinadora de la Unidad Asistencial Docente.
e)      Mensualmente, la secretaría de Docencia de la Unidad Docente Asistencial procesará las inasistencias por estudiante y en general, y rendirá un informe de inasistencias a la Coordinadora General del Internado Rotativo, vía el Coordinador de la Unidad Asistencial Docente.
f)       En caso de reportar irregularidades en el desarrollo de los programas académicos, y en las actividades de cuidado directo al paciente, el Coordinador General del Internado gestionará su solución ante las autoridades correspondientes.
g)      La Coordinadora General del Internado mantendrá informada a la Directora de la  CARRERA  DE ENFERMERIA, de todo lo acontecido en el desarrollo del programa del Internado Rotativo-UCE. Trimestralmente.

TÍTULO IV: REGLAMENTO GENERAL DE GRADO O TÍTULO PROFESIONAL DE TERCER NIVEL

CAPÍTULO IX: DEL PROCEDIMIENTO AMINISTRATIVO

Artículo 16.- Para optar por el grado académico e licenciado o título profesional de tercer nivel el estudiante debe cumplir los siguientes requisitos:

a.       Aprobar la malla curricular de la respectiva carrera
b.      Cumplir las prácticas pre profesionales y de vinculación con la Sociedad; de    acuerdo con el artículo 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior
c.       Aprobar el proceso de titulación: examen Complexivo o proyecto de investigación
d.      Presentar certificados de suficiencia en Informática, Idioma Extranjero y haber aprobado un nivel básico de Cultura Física;

Artículo 17.- Las equivalencias de las calificaciones del proceso de graduación son las siguientes:

20/20                                  Excelente
18-19                                   Muy bueno
14-17                                   Bueno
13 o menos                         Reprobado


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