REGLAMENTO DE LAS PRACTICAS PREPROFESIONALES LABORALES INTERNADO ROTATIVO CARRERA DE ENFERMERÍA
Septiembre 2022
REGLAMENTO DE LAS PRACTICAS PREPROFESIONALES LABORALES.
INTERNADO ROTATIVO CARRERA DE ENFERMERÍA
La Dirección de la Carrera de Enfermería y la Coordinación del Internado Rotativo considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador del año 2008, en el Artículo 32 manda: "La Salud
es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos, el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas, ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La presentación de servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, precaución, y bioética con enfoque de género y generacional".
Que, el artículo 350 de la misma Norma Suprema, dispone que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo
Que, el artículo 352 organiza el Sistema de Educación Superior que estará integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos; y conservatorios de música y artes, debidamente acreditados y evaluados. Estas instituciones, sean públicas o particulares, no tendrán fines de lucro.
Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, indica: “El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva (...)”;
Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), prescribe: “El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene a su cargo la planificación, regulación y coordinación del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana”
Que, el artículo 41 del Reglamento de Régimen Académico establece: “La planificación de la
función de vinculación con la sociedad, podrá estar determinada en las siguientes líneas operativas:
a) Educación continua;
b) Prácticas preprofesionales;
c) Proyectos y servicios especializados;
d) Investigación;
e) Divulgación y resultados de aplicación de conocimientos científicos o artísticos;
f) Ejecución de proyectos de innovación;
g) Ejecución de proyectos de servicios comunitarios o sociales; y,
h) Otras determinadas por la IES en correspondencia con su naturaleza y en ejercicio de su autonomía responsable.
Que, el artículo 44 del Reglamento de Régimen Académico establece: “Los planes, programas y/o proyectos para las prácticas preprofesionales de cada carrera podrán ser desarrollados contando con la participación de los diferentes sectores de la sociedad, según los mecanismos establecidos por cada IES.
Los planes, programas y/o proyectos de prácticas preprofesionales (incluyendo las de servicio comunitario) deberán ser coordinados, monitoreados o evaluados por personal académico o personal de apoyo académico, de acuerdo con la planificación de la IES.
Que, el artículo 117 del Reglamento de Régimen Académico dice: “... Para la carrera de Licenciatura en Enfermería, el Internado Rotativo es de 52 semanas adicionales a los PAO (40 horas por semana), es decir, 2.080 horas que tienen equivalencia a 43,33 créditos (20% docentes,
80% asistenciales con tutoría).
Que, el artículo 121 del Reglamento de Régimen Académico determina: “Las prácticas preprofesionales de las carreras de tercer nivel de grado del campo de la salud son de dos tipos:
a) Prácticas preprofesionales para las carreras del campo de la salud que cuenten con internado rotativo y que se realizan en los últimos períodos académicos: La Autoridad Sanitaria Nacional definirá las normas que rigen el desarrollo de estas prácticas.
Las prácticas preprofesionales deberán ser coherentes con los resultados de aprendizaje y el perfil de egreso de las carreras; y, podrán ser registradas y evaluadas según los mecanismos y requerimientos que establezca cada IES.
El internado rotativo puede realizarse tanto en el sector público como privado, con el estipendio y las condiciones que se establezcan de conformidad con la normativa aplicable e incluirá la afiliación del estudiante al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; sin modificar el carácter y los efectos académicos de las mismas.
Las prácticas preprofesionales no originan relación laboral, ni generan derechos ni obligaciones laborales.
Que, el artículo 1 de la Norma técnica para unidades asistenciales-docentes, establece: “que regulará todos los aspectos relativos a la relación asistencial-docente de los programas académicos dentro de los establecimientos de salud del país.
Que, el numeral 7 Disposiciones generales del numeral 3 Principios de la relación asistencial
– docente en el literal g de la Norma técnica para unidades asistenciales-docentes dicta: “Puertas abiertas: La relación asistencial docente garantiza, a través del MSP y la RPIS el acceso a sus unidades asistenciales, a profesores y docentes universitarios, académicos e investigadores que no son funcionarios públicos, con el fin de que realicen actividades académicas al interior de la UAD. Se recalca que el acceso es para actividades docentes y de investigación en el marco de sus competencias”
Que, el numeral 11 Plan de práctica formativas de la Norma técnica para unidades asistenciales- docentes establece: “La relación asistencial – docente debe contar con un plan de prácticaformativa que integre los objetivos educacionales y las competencias a adquirir por los estudiantes, con el desarrollo y mejoramiento en la prestación de los servicios de la UAD. El plan de prácticas formativas deberá ser elaborado por la IES respectiva vinculada ala UAD… El plan de práctica formativas debe incluir programa de delegación progresiva de funciones y responsabilidades a los estudiantes de acuerdo con los avances teóricos – prácticas del estudiante en cada período académico, bajo la supervisión del docente y el personal asistencial del servicio”
Resuelve: Expedir el siguiente Reglamento de las prácticas preprofesionales laborales(Internado Rotativo) de la Carrera de Enfermería de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Central del Ecuador
CAPÍTULO I
OBJETIVO Y AMBITO DE APLICACIÓN
Art. 1. El presente reglamento tiene como objetivo definir los lineamientos para el desempeño de las actividades asistenciales y docentes en las Prácticas Preprofesionales Laborales del área de salud comunitaria y hospitalaria de la Carrera de Enfermería de la Universidad Central del Ecuador.
Art. 2. El ámbito de aplicación del presente reglamento es para los docentes y estudiantes del pregrado (internado rotativo) de la Carrera de Enfermería de la Universidad Central del Ecuador,
que mantengan convenios con el Ministerio de Salud Pública, con el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social y realicen sus actividades teóricas prácticas en estas casas de salud.
CAPITULO II
OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES LABORABLES
Art. 3. Objetivos del Programa de las Prácticas Pre profesionales Laborables.
a) Proporcionar cuidado integral de calidad con calidez a la persona sana o enferma en todo su ciclo vital, integrando a la familia y comunidad; aplicando el Proceso de Atención de Enfermería en base a la investigación, la educación para la salud y las políticas de salud con criterio científico, técnico, humano y ético.
b) Apoyar administrativamente en las unidades de enfermería, participando en la toma de decisiones, planificación de los servicios de salud, políticas, programas y proyectos dirigidos a grupos específicos y de beneficio comunitario.
c) Aplicar las nuevas tecnologías de información y comunicación (DTIC´s) para realizar acciones de educación en salud orientadas a la promoción y a la prevención de enfermedades y dirigidas a la persona, familia, personal de las áreas hospitalarias y comunidad.
d) Participar e implementar proyectos de desarrollo con la comunidad para fortalecer la organización y participación comunitaria.
e) Aplicar la investigación científica en las Prácticas Preprofesionales con la finalidad de crear y desarrollar actividades que contribuyan a la solución de los problemas de salud, de las unidades operativas en los diferentes niveles de atención respetando los derechos y deberes de las personas y de las instituciones a las cuales se deben.
f) Aplicar la comunicación asertiva de manera oportuna, verbal y por escrito para evidenciar el trabajo realizado en las Prácticas Pre profesionales e informar las decisiones, acciones y resultados de su intervención a las instancias pertinentes.
CAPITULO III:
DEL REGIMEN ACADÉMICO - ADMINISTRATIVO
Art. 4. Organización y desarrollo del Programa de prácticas preprofesionales laborales (Internado Rotativo). Para acceder al Internado Rotativo se seguirá el siguiente proceso:
Los funcionarios de Normalización de Talento Humano del Ministerio de Salud Pública, serán los encargados de designar las Unidades de Salud donde se realizarán las Prácticas Pre profesionales Laborales.
La directora/o de la Carrera, la Coordinador/a del Internado y las docentes del programa realizarán la asignación de plazas en presencia de los estudiantes aptos para el desarrollo de las Prácticas Preprofesionales.
El Decano de la Facultad de Ciencias Médicas y el director/a de Carrera llevarán un registro de los convenios marco y específicos vigentes entre los establecimientos de salud de la RIPS en los que se va a desarrollar las Prácticas Preprofesionales Laborales y la Universidad Central del Ecuador.
Art. 5. De la estructura organizacional de las prácticas preprofesionales laborales de la Carrera de Enfermería. La estructura de las Prácticas Preprofesionales tiene dos componentes: académico y administrativo. El componente académico se regirá por las disposiciones académico – administrativas de la Carrera y por los reglamentos vigentes de cada una de las UAD. El componente administrativo estará constituido por una unidad académica integrada por la coordinadora del Internado, las/os docentes del programa de Prácticas Preprofesionales Laborales, las tutoras de la diferentes Unidades Docente Asistenciales y los representantes estudiantiles.
1. Dirección de Carrera.
2. Coordinación de las Prácticas Preprofesionales.
3. Docentes: de planta y contratadas.
4. Estudiantes.
5. Secretaría.
Art. 6. Requisitos para el ingreso.
Los estudiantes que van a iniciar el Programa de Internado Rotativo deberán presentar en secretaria, los siguientes pre requisitos de “Inscripción al Programa de Prácticas Preprofesionales Laborales de la Carrera de Enfermería Universidad Central del Ecuador”:
1. Formulario de solicitud de inscripción a las Prácticas Preprofesionales en las fechas establecidas por la Coordinación del Programa, con foto tamaño carnet (formal), no se aceptarán impresiones, fotos de WhatsApp, etc.
2. Record Académico de haber cursado y aprobado todas las asignaturas teóricas y prácticas, hasta el séptimo semestre de la Malla Curricular de la Carrera de Enfermería, que será verificado por el personal de secretaría del Internado Rotativo.
3. Certificados de la suficiencia del idioma extranjero, Taller de RCP Básico, Lavado de Manos y Vinculación con la Sociedad.
4. Los documentos antes mencionados se deben entregar en un protector plástico.
El estudiante que no cumpla con los pre requisitos de inscripción en la fecha correspondiente quedará fuera del proceso, deberá optar por iniciar el internado rotativo en la siguiente convocatoria realizada por el Ministerio de Salud Pública. Bajo ninguna circunstancia se otorgará prórroga para el inicio de las prácticas Preprofesionales Laborales fuera de las fechas establecidas en el Internado Rotativo.
Art. 7. Aprobación del curso de Inducción al Programa de prácticas preprofesionales laborales. Previo a iniciar el internado rotativo los estudiantes deberán aprobar el Curso de Inducción como requisito obligatorio. La inducción se impartirá a través de un seminario de sensibilización sobre principios éticos y morales, la normativa hospitalaria y otros tópicos relacionados con el proceso académico, será organizado por la Coordinación de las Prácticas Preprofesionales Laborales de conformidad a la planificación establecida.
Art. 8. Del proceso de asignación de plazas. El proceso de asignación de plazas se realiza con la participación activa y libremente democrática de los Estudiantes. El proceso de asignación de plazas para la realización de las Prácticas Preprofesionales Laborables en los establecimientos de salud queda regulado por el Reglamento interno del Internado Rotativo basado en la “Norma para la Práctica del Año de Salud Rural de Servicio Social en la Red Pública Integral de Salud” del Ministerio de Salud Pública, (registro oficial14 de noviembre
2019)
Conforme a la información registrada por el estudiante, este recibirá un puntaje en base al cual se los clasificará en grupos, mismos que determinarán el orden de asignación de plazas; el proceso se efectuará mediante acto público en fecha y hora señalada por el Coordinador/ay con la presencia de los docentes asignados al programa de las Prácticas Preprofesionales laborales Podrán seleccionar los estudiantes los establecimientos de salud de acuerdo al orden de prioridad en el que se encuentre según las variables y condiciones presentadas a continuación:
Registro oficial. Edición Especial Nro. 121 de 14 de noviembre de 2019,
Grupo Uno: Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 9 o mayor a 9 según la tabla establecida anteriormente.
Grupo Dos: Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 7 a 8 puntos según la tabla establecida anteriormente.
Grupo Tres: Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 5 a 6 puntos según la tabla establecida anteriormente.
Grupo Cuatro: Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 3 a 4 puntos según la tabla establecida anteriormente.
Grupo Cinco Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 1 a 2 puntos según la tabla establecida anteriormente.
Grupo Seis. Los estudiantes que hayan obtenido un puntaje de 0 puntos según la tabla establecida anteriormente.
Las plazas asignadas no son transferibles, solamente se aceptarían cambios de forma voluntaria y escrita, de un estudiante a otro, dicho intercambio tiene que efectuarse el mismo día de la asignación, y deberá contar con la aprobación de la Coordinador/a de las Prácticas Pre profesionales.
NOTA: Para la asignación de plazas se deberá contar con la nómina de los estudiantes, la misma que estará priorizada en orden descendente en función del puntaje obtenido, si existiera puntajes similares se tomará en cuenta la nota más alta del récord académico.
Art. 9. Tiempo de rotación de las prácticas preprofesionales laborales. El programa de internado rotativo tendrá una duración de un año calendario. Dividido en rotaciones según el periodo académico, cada rotación durará según la planificación establecida por el octavo y noveno semestres del rediseño.
La planificación micro curricular del octavo y noveno semestre del rediseño tiene una planificación básica, las rotaciones se realizan en las siguientes áreas: Medicina Interna/Cirugía y Enfermería Comunitaria en el octavo, Neonatología/Pediatría y Centro Obstétrico/Centro Quirúrgico en el noveno semestre. En el ciclo Comunitario los estudiantes deberán realizar su rotación en Centros de Salud de los diferentes Distritos de la ciudad según el hospital asignado.
Para la carrera de Licenciatura en Enfermería, el Internado Rotativo es de 52 semanas adicionales a los PAO (40 horas por semana), es decir, 2.080 horas que tienen equivalencia a 43,33 créditos (20% docentes, 80% asistenciales con tutoría). (REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO
27 DE JULIO 2022)
Art. 10. Control académico y administrativo de las prácticas Preprofesionales de la Carrera de
Enfermería de la UCE, se fundamenta en los siguientes criterios:
1. Control de Asistencia: La asistencia al Internado Rotativo es de carácter obligatorio; tres inasistencias sin causas justificadas, determinan la reprobación de la práctica correspondiente.
2. La Tutora de la práctica de la UAD será la encargada de llevar el control de asistencia, bajo la supervisión de la Coordinación de las Prácticas Preprofesionales Laborales de la IES.
3. Las/los Internos Rotativos tienen la obligación de registrar su asistencia en los Sistemas de
Control que se utilizan en las diferentes UAD.
4. Al finalizar cada semana, el tutor de la práctica revisará la hoja de asistencia de cadaInterno
Rotativo, confirmando u objetando el record semanal de asistencia; el
mismo, deberá quedar legalizado con la firma de la Coordinadora de la Unidad Asistencial
Docente.
5. Mensualmente la tutora de la Unidad Docente Asistencial procesará las inasistencias por cada estudiante, y enviará un informe de las inasistencias a la Coordinación del Internado Rotativo.
6. En caso de reportar irregularidades en el desarrollo de los programas académicos, yen las actividades de cuidado directo al paciente, la Coordinadora de las Prácticas Preprofesionales gestionará su resolución ante las autoridades correspondientes.
7. La Coordinación del Internado Rotativo mantendrá información directa con la Dirección de la Carrera de Enfermería, sobre todo lo acontecido en el desarrollo del programa de las Prácticas Pre Profesionales Laborales cada semestre.
Art. 11. Supervisión de los estudiantes. La supervisión docente es un proceso de responsabilidad compartida: Cincuenta por ciento de la UAD y cincuenta por ciento de la IES, por parte de la IES se realizará una supervisión planificada semanalmente y cuando el caso lo requiera, en la cual se proporcionará acompañamiento a los estudiantes y tutores de la práctica.
Art. 12. Garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes. La Unidad Asistencial Docente debe garantizar que los estudiantes desarrollen sus prácticas formativas en condiciones adecuadas de seguridad, protección y bienestar; conforme a las normas vigentes,para lo cual ofrecerá las siguientes garantías:
1. Los Internos Rotativos de Enfermería tendrán derecho a alimentación, canceles y elementos de bioseguridad gratuitos, de acuerdo con las jornadas, turnos y servicios que cumplan en el marco de la práctica formativa.
2. Los internos de enfermería deberán ser afiliados al IESS, por el tiempo que dure su entrenamiento, de acuerdo, a lo que establece la Resolución No.380 del IESS del 1º. de Septiembre del 2011.
Los convenios Asistenciales-Docentes establecerán las responsabilidades de las partes en la suscripción, financiamiento, pago, trámites y seguimiento de dichas garantías
Art. 13. Carga asistencial y horarios de práctica. Los turnos de las prácticas preprofesionales laborales de los estudiantes se fijarán atendiendo las normas, principios y estándares de calidad del servicio de salud y de bienestar de los Internos Rotativos. En todo momento se debe garantizarla calidad en la atención, para el efecto se fija la siguiente carga horaria:
Art. 14. Condiciones especiales de la jornada asistencial. De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales, aplicable a todo ciudadano, el Interno Rotativo de Enfermería tendrá derecho a la organización de su horario de trabajo que, sin suponer una disminución del número semanal de horas establecido, le permita realizar jornadas diarias reducidas en los siguientes casos:
1. Durante el embarazo, embarazo de riesgo y lactancia.
2. Por razones de guarda legal, aquel que tenga a su cuidado directo a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial y que no genere una actividad retribuida.
3. Cuando le sea necesario encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo, y que no genere una actividad retribuida.
4. Cuando el Interno Rotativo tenga la tenencia y custodia no compartida de un hijo menor de edad.
5. Las Internas de Enfermería que estén en periodo de lactancia materna, de preferencia se asignará los horarios matutinos y vespertinos, suprimiéndose los turnos nocturnos (veladas) en beneficio del binomio madre e hijo.
6. El estudiante deberá en todos los casos completar y aprobar el número de horas requeridos para aprobar el año de Prácticas Preprofesionales Laborales.
Art. 15. De los internos rotativos con discapacidades. Los estudiantes con discapacidad serán admitidos y participarán en condiciones que garanticen el principio de igualdad de trato en los procesos de formación por el sistema de educación. La unidad asistencial-docente estará obligada a garantizar accesibilidad arquitectónica a todas las actividades del programa formativo, así como a facilitarle las ayudas técnicas y tecnológicas necesarias para su normal desempeño.
Si la discapacidad impide a la/el Interno Rotativo realizar jornadas de trabajo prolongadas, no se disminuirá el número de horas que determina el programa formativo, pero sí se organizará de
forma que tenga los descansos necesarios y apropiados a sus capacidades funcionales, siempre y cuando no le impida el desempeño de la especialidad. Los estudiantes con discapacidad deberán presentar el respectivo CARNET que certifique la discapacidad, emitido por la autoridad competente, al inicio del Internado Rotativo.
Él/la estudiante deberá en todos los casos completar y aprobar el número de créditos
requeridos para ser promovido al nivel inmediato superior.
Art. 16. Garantías académicas de los estudiantes. Los estudiantes de programas de formación en salud tendrán las siguientes garantías a nivel académico:
1. Las rotaciones en los establecimientos de salud, deberán obedecer a un programa de prácticas formativas previamente definido por la IES en el Plan de Prácticas formativas.
2. Participar en actividades asistenciales necesarias para su formación bajo estrictasupervisión del personal docente y/o asistencial previsto en el convenio asistencial docente.
3. La UAD deberá respetar la malla curricular establecida por la IES y la programación de las
rotaciones de los estudiantes.
4. Los estudiantes no pueden ser movilizados ni reprogramados en otros servicios sin autorización de la IES y siempre que el Plan de Prácticas formativas lo establezca.
5. Las/os estudiantes del Internado Rotativo para asistir al día académico no realizarán turno de velada el día anterior y el día académico.
6. La jornada de trabajo en el día académico será de 20 horas, 8 horas de clases teóricas en la Carrera de Enfermería, y las horas restantes para realizar trabajos autónomos y realizar los talleres asignados en cada semestre (virtuales).Los estudiantes tienen derecho a recibir 2 horas diarias de acompañamiento docente durante la realización de las actividades asistenciales con los pacientes y/o usuarios, completando las 10 horas semanales por parte de la Tutora contratada por la IES para el efecto.
Art 17. Actividades de la Secretaría del Internado. Son actividades de la Secretaría las siguientes:
a. Ofrece apoyo logístico al personal docente, a la coordinación del Internado Rotativo y a las/os estudiantes.
b. Establece una vía de comunicación efectiva, entre la Coordinación del Internado
Rotativo, las Unidades Asistenciales Docentes, el personal docente y los estudiantes.
c. Garantiza el buen uso y funcionamiento de equipos y materiales entregados bajo su custodia.
d. Realiza las actividades de secretaria según el perfil de desempeño del cargo.
CAPITULO IV
DEL RÉGIMEN DE LA COORDINACIÓN DE LAS PRÁCTICAPREPROFESIONALES
Art. 18. Funciones de la Coordinadora de las prácticas preprofesionales laborales
1. Elabora la planificación de las Prácticas Preprofesionales Laborales y presentar a la Dirección de la Carrera de Enfermería para su conocimiento y posterior aprobación en Consejo de Carrera.
2. Conoce los informes de los docentes contratados y los cronogramas de rotación delos estudiantes en las diferentes áreas de práctica.
3. Convoca en coordinación con el director/a de la Carrera, a reuniones presenciales y/o virtuales al personal docente del Internado Rotativo al inicio y al final de cada rotación o por alguna situación especial presentada.
4. Informa inmediatamente a la Dirección de la Carrera de Enfermería situaciones fortuitas no contempladas en el presente reglamento para su análisis y resolución.
5. Entrega a los docentes de las Prácticas Preprofesionales Laborales la planificación micro curricular y el plan de práctica con los objetivos y contenidos requeridos para garantizar la consolidación de conocimientos, destrezas y habilidades de los estudiantes.
6. Gestiona la Asignación de Plazas con el Departamento de Normatización de Talento
Humano del Ministerio de Salud Pública.
7. Concluida cada cohorte presentará el informe de actividades académicas y administrativas al director/a de la Carrera para su aprobación en el Consejo de Carrera.
Art. 19. Escenarios de Trabajo. Las Prácticas Preprofesionales Laborales se desarrollan en diferentes Unidades de Salud de la provincia de Pichincha y responde a la división territorial por Zonas y Direcciones Distritales.
Estas áreas serán evaluadas previamente por la academia para que cumplan con los requisitos que permitan desarrollar un proceso de aprendizaje efectivo, eficaz y de calidad.
Los criterios de selección que guían este proceso, responden a la necesidad de fortalecer los cocimientos, habilidades y destrezas desarrolladas a lo largo del proceso de enseñanza- aprendizaje contemplado en el rediseño curricular de la carrera que apuntalan al logro de un perfil profesional de excelencia.
Otros criterios se relacionan con el Sistema Nacional de Salud y la Reforma Sanitaria, así como la oferta y demanda del servicio, patologías prevalentes, tecnología utilizada, recursos profesionales, accesibilidad, y experiencias de aprendizaje que se oferten al estudiante.
Art. 20. Distribución de los estudiantes por rotación. Los estudiantes serán distribuidos en las siguientes rotaciones:
OCTAVO SEMESTRE:
1. Medicina Interna/Cirugía.
2. Comunidad.
NOVENO SEMESTRE:
1. Centro Obstétrico/Centro Quirúrgico.
2. Neonatología/Pediatría.
Cada rotación está bajo la responsabilidad de un/a Docente de planta de la Carrera y una tutora contratada que pertenezca a la Unidad de Salud donde se desarrolla las Prácticas Pre profesionales. Los niveles de coordinación se dan a nivel local e interinstitucional.
Las docentes y tutoras son responsables del desarrollo académico y están pendientes del cumplimiento del Reglamento de las Prácticas Pre profesionales y de la Unidad Asistencial Docente, en este esfuerzo, la comunicación es una estrategia vital
Art. 21. Organización de los períodos académicos. Cada cohorte de las practicas preprofesionales laborales se planifican y ejecutan en dos periodos académicos en el octavo y enel noveno, cada uno en dos rotaciones simultáneas, con una duración de tres meses.
CAPITULO V
DEL RÉGIMEN ESTUDIANTIL Art. 22. Obligaciones de los Internos
1. Cumplir con la Constitución de la República del Ecuador, la Norma Técnica para
Unidades Asistenciales Docentes del MSP/CES, el Estatuto de la Universidad Central, el Reglamento de las Prácticas Pre profesionales Laborales de la Carrera de Enfermería, y el Reglamento de las UADs a las que se encuentran asignadas, además de lo que se encuentre estipulado en el Contrato de su Beca.
2. Conocer los derechos de los pacientes y difundir su aplicación.
3. Cumplir las normas y procedimientos de la Unidad Operativa en la que realiza su trabajo y estudio.
4. Mantener un comportamiento que demuestre respeto a sí mismo, a pacientes, familias, docentes, trabajadores de la salud y otras personas con la que se relaciona en su trabajo diario.
5. Cumplir las rotaciones durante todo el año en la Unidad Asistencial Docente asignada, salvo situaciones excepcionales analizadas y aprobadas entre docencia y servicio.
6. Las/os estudiantes del Internado Rotativo deberán utilizar el uniforme respectivo dependiendo su rotación (hospital y comunidad) y la identificación de acuerdo con las disposiciones de la Coordinación Asistencial-Docente. Además, deberán portar el carnet de identificación oficial de la IES.
7. Cumplir con las normas de bioseguridad, adicionalmente deberán cumplir con las siguientes normas: mujeres cabello recogido, uñas cortas y sin esmalte, sin joyas, uniforme profesional (no apretado al cuerpo); estudiantes varones cabello corto y/o recogido, uñas cortas y afeitado. Los estudiantes deben disponer del equipo completo para realizar la práctica, incluye estuche con materiales de enfermería.
8. Cumplir con los horarios asignados, programas y actividades del área asignada.
9. Deberán mantener y recibir una actitud respetuosa, amigable, solidaria, responsable y conservar los principios éticos y morales.
10. Asistir obligatoriamente al proceso de inducción en la UAD, antes de iniciar sus prácticas Preprofesionales.
11. Conocer las Guías de Práctica Clínica y procedimientos del Ministerio de Salud
Pública.
12. El estudiante deberá asistir puntualmente al día académico (presencial o virtual), si se atrasa se sumará 3 atrasos convirtiéndose en una falta.
13. La ejecución de actividades asistenciales por parte de los internos rotativos debe incluir una delegación progresiva de acuerdo con los avances técnico-prácticos del estudiante en cada período académico, bajo la supervisión del docente y del personal asistencial del servicio. La responsabilidad profesional es de competencia de los profesionales que tienen relación laboral con el establecimiento de salud.
Art. 23. Derechos de los Internos
1. Todos los estipulados en el Estatuto Universitario, Reglamento de las Prácticas Preprofesionales Laborales de la Carrera de Enfermería y de las Unidades Asistenciales Docentes, donde cumple su rotación.
2. Disponer de 8 días de ausencia por enfermedad que requiera hospitalización,
15 días en caso de parto y/o cesárea; debidamente certificados por el MSP o algún dispensario del IESS, sin obligación de reposición, pasado estos días se justificará la inasistencia, pero posteriormente el estudiante deberá recuperar las horas perdidas.
3. No se aceptarán certificados médicos particulares, de modo que la atención
y emisión del certificado médico será exclusivamente del IESS, y en el caso de las unidades médicas del Ministerio de Salud Pública, deberán ser debidamente avalados en una unidad médica del IESS.
4. Disponer de facilidades y privacidad en el área de vestuarios y canceles en las UADs.
5. Recibir el estipendio que tienen derecho los estudiantes de conformidad con los convenios suscritos.
6. Recibir orientación al inicio de cada rotación, así como tutoría docente permanente que le permita un mejor desenvolvimiento y seguridad en sus Prácticas Preprofesionales.
7. Asistir a las actividades académicas planificadas por el programa y a otras actividades universitarias.
8. Cumplir con la normativa establecida por cada UAD en la que se encuentra realizando sus Prácticas Preprofesionales.
9. Los establecimientos de salud deberán garantizar un número adecuado de profesionales ya formados, que cubran sus propias necesidades asistenciales.
Art. 24. Prohibiciones a los Internos
1. Asumir responsabilidades que no son de su competencia.
2. Faltar o abandonar el área de práctica, sin justificación debidamente certificada.
3. Ingerir cualquier tipo de drogas, bebidas alcohólicas, o participar en acciones reñidas con la ley y la moral.
4. Solicitar o recibir retribuciones por parte de pacientes y familiares.
5. Llevar fuera del servicio documentos o pertenencias de la UAD o de los usuarios.
6. Realizar o participar en actos que ponen en riesgo la vida de las personas y utilizar equipos e instalaciones de la institución en actividades personales.
7. Cambiar los turnos, sin justificación y conocimiento de la tutora de práctica.
8. Realizar reemplazos del personal de Enfermería en las instituciones donde cumple su rotación.
9. Realizar cambios de turno o reemplazar a estudiantes de otras Universidades.
10. El uso de teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo electrónico durante las horas de práctica.
11. Realizar videos (tik-tok) sin tener el consentimiento informado firmado de los pacientes/usuarios y del departamento de comunicaciones de la casa
asistencial en la cual están realizando las Prácticas Pre profesionales
Laborables o de autoridades de la Universidad Central del Ecuador.
12. El uso de uniforme es exclusivo de las áreas de prácticas, queda prohibido el uso del mismo fuera de las mismas.
13. Sustraer o hacer uso de pertenencias ajenas.
14. Cometer actos de acoso sexual.
15. Destruir la propiedad e instalaciones de la unidad de salud.
16. Portar armas en el Hospital.
CAPITULO VI
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO ESTUDIANTIL
Art 25. De las faltas y sanciones. Las violaciones a las normas asistenciales y académicas, en las que incurran los internos de enfermería serán denunciadas por escrito a la Coordinación del Internado Rotativo por parte del profesional responsable del área donde se ha cometido la falta disciplinaria, y serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Internado Rotativo de la Carrera, el Estatuto Universitario de la UCE y el Reglamento de las Unidades Asistenciales Docentes para su resolución. Estas faltas serán definidas como: faltas leves, graves y muy graves. Las sanciones serán las siguientes:
1. Faltas leves con amonestación verbal. Serán consideradas como faltas leves y con amonestación verbal:
1. Atraso injustificado.
2. No llevar el uniforme y equipo completo en la jornada de trabajo.
3. No portar carnet de identificación de la UAD y de la Universidad Central del
Ecuador.
4. Incumplimiento de los deberes y obligaciones del presente reglamento.
En caso de incurrir con alguna falta antes mencionada, será la tutora de la práctica, supervisión de enfermería del servicio y coordinación del internado quienes resuelvan en base al reglamento: la coordinadora del Internado Rotativo mantendrá una entrevista con el estudiante, la resolución será reposará en los archivos de la secretaria del Internado.
2. Faltas con amonestación escrita: Son las siguientes a más de la reincidencia en las faltas enunciadas en el párrafo anterior.
1. Atraso injustificado por más de 2 ocasiones.
2. Incumplimiento de las obligaciones del estudiante mencionadas en el capítulo V
artículo 9.
3. No portar el uniforme, no utilizar Elementos de Protección Personal en su rotación por más de 2 ocasiones.
4. No portar carnet de identificación por más de 2 ocasiones
5. Faltar a la actividad docente asistencial sin justificación.
6. Concurrir con atraso de diez minutos a las actividades asignadas. Tres atrasos constituyen una falta. El atraso de más de quince minutos se considera una falta, sin que el estudiante quede liberado de la obligación de cumplir el turno correspondiente.
7. Faltar a los turnos entre semana.
8. Atender a los usuarios de manera arbitraria, descortés o negligente.
9. Si el estudiante falta al día académico se le amonestará por escrito y se restará 0,50 puntos a la nota final de la rotación por cada falta injustificada, además deberá realizar
2 turnos extra de 6 horas, esta devolución se coordinará con las tutoras contratadas por la IES y se comunicará la falta a la UAD. Además, deberán reportarse a la coordinación del Internado Rotativo de la Carrera de Enfermería.
SI LA INASISTENCIA SUPERA EL 10% DEL PERIODO PROGRAMADO PARA LA ROTACIÓN, PERDERÁ LA MISMA.
10. El estudiante deberá asistir puntualmente al día académico (presencial/virtual), sise atrasara, se sumarán 3 atrasos convirtiéndose en una falta.
En caso de incurrir en alguna de las faltas antes mencionadas, será la tutora de práctica, supervisora de enfermería del área y la Coordinación del internado quienes resuelvan en base al reglamento, la resolución será entregada al estudiante y reposará en el archivo de la secretaria del Internado
3. Faltas graves. Las faltas disciplinarias graves serán sancionadas con la pérdida del año del Internado Rotativo, exceptuando las faltas debidamente justificadas, que serán sancionadas con la pérdida del semestre en que se cometió la falta disciplinaria. Son las siguientes:
1. La ausencia injustificada a tres turnos consecutivos, equivaldrá a reprobación del semestre.
2. Dar información sobre la realización de procedimientos para lo que no han sido autorizados.
3. Cambios de turno sin autorización escrita por la supervisión de enfermería y/o tutora de
práctica.
4. Abandonar el servicio sin justificación y/o autorización de la supervisora del servicio y/o tutora de práctica.
5. No cumplir con las disposiciones ni responsabilidades de su actividad asistencial.
6. Dos o más faltas leves con amonestación escrita, en las que incurra el estudiante se considerará una falta grave.
7. Faltas a la moral.
8. Ultraje a un profesor o autoridad y/o personal de las Unidades Operativas.
9. El uso de expresiones orales, escritas, corporales y/o digitales que atenten contrala honra y respeto hacia los usuarios, compañeros, docentes, servidores públicos de la casa de salud y la IES.
10. Violencia física en las instituciones de la casa de salud y la IES.
11. Sustraer bienes de propiedad de la Institución de Salud.
12. Exponer en redes sociales fotos de pacientes o de procedimientos del hospital o área comunitaria.
13. Dar información acerca del estado de los pacientes a personas no relacionadas directamente con el equipo de salud.
14. Retirar documentos del hospital: historia clínica, radiografías, exámenes, etc., para uso personal.
15. Cometer actos que pongan en peligro la vida del paciente.
16. Faltar a turnos los días sábados, domingos y días feriados sin justificación.
17. Retirar y/o alterar documentos y equipos del área de salud sin la autorización correspondiente.
18. Utilizar equipos y/o instalaciones de la institución en beneficio económico personal.
19. Comercializar los insumos médicos del hospital.
20. Efectuar procedimientos para los cuales no han sido expresamente autorizados y que no constendentro de su perfil de egreso.
21. Presentar certificados médicos alterados.
22. La ausencia injustificada de los Internos Rotativos a tres turnos consecutivos, equivaldrá a reprobación del semestre respectivo.
23. Si el estudiante incurre en dos faltas graves durante una rotación o durante el año de internado seconsiderará como una falta muy grave.
La supervisora del servicio y/o tutora de práctica notificará la falta grave de forma escrita a la Coordinación del internado, al Director/a de la IES y la UDA, en la que se adjuntará toda la información de respaldo, así como todos los soportes de análisis del caso, para la sanción correspondiente.
4. Faltas muy graves. Se consideran las siguientes:
1. Asistir a las prácticas bajo efectos de alcohol y drogas psicotrópicas.
2. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir drogas en las instalaciones de las áreas de práctica y la IES.
3. Solicitar o recibir dinero por prestación de servicios de pacientes o familiares.
4. Falsificación y/o alteración de documentos asistenciales y/o académicos (notas académicas, alteración de la Historia Clínica, certificados médicos)
5. Difundir información confidencial sobre el estado de salud los pacientes a personas no relacionadas directamente con su atención médica.
Art. 26. Sanciones a las faltas graves y muy graves.
1. Recuperación de turnos: La inasistencia a la práctica se considera falta grave, en cuyo caso el estudiante tiene la obligación de recuperar los turnos, esta recuperación se coordinará entre la Coordinadora del Internado y la Tutora de la Práctica
2. Suspensión temporal: Se procederá con la suspensión temporal, cuando el estudiante cometa una FALTA GRAVE, previo a esta sanción, se realizará un análisis sucinto de la situación por parte de la Coordinación del Internado Rotativo y de la UAD, para lo cual deberá solicitarse todos los respaldos y evidencias que permitan realizar dicho análisis y llegar a la conclusión de suspender temporalmente la rotación que está cursando el estudiante.
3. Suspensión Definitiva: Se procederá a la separación definitiva o expulsión del hospital de los estudiantes cuando cometan una FALTA MUY GRAVE o una falta grave en forma reiterativa y que ya registré una suspensión de la rotación.
Esta decisión se tomará en el pleno del Comité de Coordinación Asistencial Docente (ComCAD) con la presencia de la Coordinadora de las prácticas Preprofesionales laborales de la Universidad Central del Ecuador, como consecuencia el estudiante no podrá ser admitido en un nuevo periodo académico en el Establecimiento de Salud que fue suspendido.
Art. 27. Del procedimiento disciplinario. Para la aplicación de las sanciones señaladas en el presente Reglamento, se seguirá el siguiente procedimiento:
La supervisora de enfermería del servicio involucrado comunicará la falta cometida por el
estudiante, en forma escrita a la Coordinación del Internado, quien convocará al estudiante a través de un documento en físico y/o electrónico a una reunión presencial, con el objetivo que el Interno Rotativo ejerza su derecho a la defensa y presente sus pruebas o evidencias de descargo, en un plazo de 48 horas laborables.
Las sanciones se documentarán en físico y reposará en el archivo personal académico del estudiante.
CAPITULO VII
DEL RÉGIMEN DOCENTE
Art. 28. Los/as docentes que realizarán el acompañamiento a los internos de enfermería, deben ser profesionales titulados con cuarto nivel de formación y cumplir con el perfil requerida desarrollar la planificación micro curricular del semestre asignado.
Los docentes titulares y de práctica desarrollarán actividades de acompañamiento, clases prácticas, supervisión y tutorías de las actividades académicas planificadas en el plan de práctica de cada semestre.
La Carrera de Enfermería cumple con lo establecido en la Norma Técnica para Unidades Asistenciales Docentes del MSP, al considerar un estándar de supervisión no mayor a una relación de 1 tutor por cada 10 estudiantes como máximo.
El profesional contratado por la Universidad Central del Ecuador para cumplir el rol de Tutor de las Práctica Preprofesionales Laborales, no puede tener relación laboral con otras IES (queda prohibido realizar tutoría simultánea a alumnos de otras universidades).
Art. 29. Funciones de los Docentes de las prácticas preprofesionales. Se considera Docentes de la práctica preprofesional a las Docentes titulares de la Carrera, asignadas al programa, así como a las Docentes Contratadas para el acompañamiento del desarrollo de las actividades prácticas que las estudiantes desarrollan en las unidades operativas.
Las Docentes titulares de la Carrera asignadas a las Practicas preprofesionales realizan las siguientes funciones:
1. Desarrollo de la planificación micro curricular a través de la jornada académica (día académico).
2. Impartir clases de carácter teórico y verificar el registro de asistencia de los Internos a las clases académicas presenciales
3. Asistir a reuniones que serán convocadas por la Coordinación del Internado Rotativo al inicio de cada cohorte y según las necesidades del semestre, con el objetivo de socializar la planificación, lineamientos y normativa de las Practicas Preprofesionales Laborales de la Carrera de Enfermería.
4. Supervisar el desarrollo de la programación, ejecución y evaluación del Internado Rotativo en coordinación con los/las Tutores Asistenciales de los servicios de salud asignados.
5. Realizar reuniones periódicas con las tutoras de práctica para analizar los resultados de aprendizaje de las estudiantes y las recomendaciones necesarias.
6. Supervisar el desarrollo de la programación, ejecución y evaluación del Internado Rotativo en coordinación con los/las líderes de las respectivas áreas de las Unidades Asistenciales- Docentes
7. Realizar supervisión de las docentes – tutoras de la práctica
8. Actualización de normas y guías administrativas y académicas de la practicas preprofesionales.
9. Elaborar las preguntas para el examen complexivo
Profesoras en la práctica docente contratada para el desarrollo de las prácticas preprofesionales laborales en las unidades operativas, cumple el rol de Tutora con las siguientes funciones
1. Cumplir sus clases prácticas en horas que no interfieran con las labores asistenciales
2. Informar por escrito (Leccionario) al final de cada rotación, a la coordinador/a sobre las actividades académicas asistenciales cumplidas y remitir las notas de los alumnos en plazo de máximo 3 días laborales, a la secretaría del internado de la Carrera de Enfermería de la UCE.
3. Los/las docentes contratadas/dos deberán elaborar los horarios de trabajo de los estudiantes, días académicos y presentar oportunamente a la Unidad Asistencial Docente con copia a la Coordinación del Internado Rotativo.
4. Los docentes contratados son responsables de planificar y ejecutar el programa de orientación en cada establecimiento de salud de acuerdo a la planificación correspondiente.
5. Dar a conocer a las UAD los objetivos del Internado Rotativo, planificación micro curricular y plan de práctica a nivel comunitario y hospitalario.
6. Verificar el registro de asistencia de los estudiantes a los turnos, días académicos e informar oportunamente las novedades al Coordinador/a del Internado Rotativo.
7. Mantener comunicación permanente con la Coordinación de Internado Rotativo, supervisoras, líderes de las unidades operativas y personal de apoyo asistencial.
8. Planificar, impartir, actualizar clases presenciales prácticas, talleres, diseño, elaboración de material didáctico, casas abiertas, plan de práctica, etc.
9. Realizar la tutoría y supervisión a los Internos/as de acuerdo al horario de las diferentes áreas.
10. Informar oportunamente a la coordinador/a de las Prácticas Preprofesionales Laborales y autoridad de la Carrera las novedades que se presenten en forma escrita y oportunamente.
11. Al finalizar cada rotación los docentes son responsables de elaborar y remitir a la instancia correspondiente el informe de las actividades asistenciales.
Art. 30. Funciones de los docentes en la Tutoría.
La tutoría es un proceso de acompañamiento académico a los estudiantes, en la dirección y orientación, para superar dificultades del proceso de enseñanza- aprendizaje, permitiendo de esta forma la detección de falencias, contribuyendo al afianzamiento y retroalimentación del contexto teórico- práctico en su formación.
En el desarrollo de las prácticas preprofesionales de la Carrera de Enfermería se desarrollan específicamente las tutorías asistenciales docentes de acuerdo con el requerimiento del Interno Rotativo por asignaturas.
La función principal del docente en la UAD es la tutoría, la misma que desde el paradigma constructivista es el profesor que acompaña en el proceso de aprendizaje. Sólo se podrá ser tutor de tan sólo una IES, se prohíbe la tutoría simultánea de alumnos de varias IES. En los casos de estudiantes de pregrado se debe considerar un estándar de supervisión no mayor a una relación 1 tutor por cada 10 estudiantes como máximo.
Art. 31. De los derechos del Docente
1. Obtener facilidades para el perfeccionamiento académico, movilidad, licencias y comisiones de servicio para eventos de capacitación e intercambio de experiencias a nivel nacional e internacional con la finalidad de elevar la calidad de la tutoría docente.
2. Participar en actividades de proyectos sociales y de vinculación con la sociedad articulados a la docencia e innovación educativa.
3. Participar y organizar colectivos académicos de debate, capacitación o intercambio de experiencias de enseñanza.
Art. 32. De las prohibiciones y faltas del docente
1. Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades asistenciales y académicas en el establecimiento de salud.
2. Propiciar o participar en hechos de violencia, alterar la paz, la convivencia armónica eirrespetar la moral y las buenas costumbres.
3. Cometer fraude o deshonestidad académica como falsificar o suplantar documentos universitarios.
4. Faltar a más del 10% de sus clases y actividades en un mes sin licencia reglamentaria.
5. Entregar las calificaciones a la coordinación el internado rotativo, fuera de los 5 días establecidos para el efecto.
6. Recibir coimas o exigir cobros a los estudiantes.
7. Programar paseos, fiestas, con los estudiantes en horas de actividad asistencial.
8. Abandonar a los estudiantes sin la justificación y comunicación oportuna a las autoridades correspondientes.
9. Y los demás establecidos por el Reglamento de Régimen Disciplinario de las autoridades, docentes, investigadores, personal de apoyo académico (técnicos docentes, de investigación, de laboratorio) y estudiantes de la Universidad Central del Ecuador
CAPITULO VIII
DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Art. 33. Del procedimiento para el registro y control de las evaluaciones de las estudiantes.
1. La evaluación será permanente, responderá a la especificidad del programa, al reglamento de la Carrera de Enfermería y al Reglamento de las Unidades Asistenciales docentes.
2. El Modelo de Evaluación se caracteriza por ser Confiable (aplica el mismo juicio para todos los alumnos), Integral (involucra las dimensiones intelectual, social, afectiva y axiológica), Participativa (incluye autoevaluación), Transparente (congruente con los aprendizajes requeridos por la competencia), Válida (las evidencias corresponden a los instrumentos de evaluación).
3. El proceso de evaluación que se aplica en el Programa está conformado por tres componentes: el diagnóstico, el formativo y el sumativo.
• El proceso de evaluación diagnóstica es el punto de partida, fundamentado en la detección de la situación en la que se encuentran los estudiantes. Permite también establecer vínculos socio - afectivos con el grupo. Obtiene información sobre los aspectos en los que se deberá hacer énfasis en su dedicación, podrá identificar las características del grupo y orientar adecuadamente sus estrategias. En esta etapa pueden utilizarse mecanismos informales de recopilación de información.
• La evaluación sumativa, permite acreditar la promoción académica, a través de criterios estandarizados y bien definidos. Las evidencias se elaboran en forma individual, puesto que se está asignando, convencionalmente, un criterio o valor. Manifiesta la síntesis de los resultados de aprendizaje en cada una de las
rotaciones.
• La evaluación formativa se realiza durante todo el proceso de aprendizaje del estudiante, en forma constante, ya sea al finalizar cada actividad de aprendizaje o en la integración de varias de éstas. Tiene como finalidad informar a la/el interna/o de sus avances con respecto a los aprendizajes que deben alcanzar y advertirle sobre dónde y en qué aspectos tiene debilidades o dificultades para poder regular sus procesos, asimismo, puede asumir nuevas estrategias que contribuyan a mejorar los Resultados de aprendizaje.
Art. 34. Del sistema de promoción del Interno Rotativo se fundamenta en dos modalidades.
• Evaluación Cualitativa Continua. Se utilizará para conocer el desempeño de la/el interno en las actividades hospitalarias asignadas, tanto en el trabajo administrativo, así como en el de cuidado directo al paciente. Se fundamenta en la observación y acompañamiento del tutor asistencial y serán registradas en las rúbricas individuales de desempeño de cada rotación, que serán proporcionadas por la coordinación del internado.
• Evaluación Cuantitativa Periódica. Se utilizará mayormente, para conocer el rendimiento cognitivo del interno en el desempeño de las actividades académicas y científicas, se efectuarán a través de tareas individuales o grupales periódicas que evidencien el progreso en el aprendizaje de las unidades el syllabo y examen escrito al final de la rotación lo menos una evaluación mensualmente.
Art. 35. Las calificaciones de las evaluaciones cualitativas continuas y cuantitativas periódicas serán acumulativas; la sumatoria de las mismas determinará la calificación final obtenida en la práctica. Los tutores académicos de la carrera y asistenciales de la práctica dela UAD, tienen que dar a conocer a las/os internos las calificaciones obtenidas, en un plazo no mayor de tres días posterior a la fecha de finalización de la práctica.
Art. 36. Las rotaciones de las Práctica Preprofesionales laborales serán evaluadas de la siguiente manera:
Octavo Semestre:
1. Prácticas Preprofesionales Integradas IR en Ares Comunitarias, será evaluado sobre
20 puntos que se descomponen de la siguiente manera: a. 15 puntos la práctica asistencial en las UAD y b. 5 puntos el día académico presencial.
Los 5 puntos del día académico se promediarán con los 5 puntos del taller que serán
ejecutados en línea con la siguiente temática: Participación ciudadana e
Interculturalidad.
2. Prácticas Preprofesionales Integradas IR en Ares Medicina Interna y Cirugía, será evaluado sobre 20 puntos que se descomponen de la siguiente manera:
a. 15 puntos la práctica asistencial en las UAD y
b. 5 puntos el día académico presencial.
Los 5 puntos del día académico se promediarán con los 5 puntos del taller que serán ejecutados en línea. con la siguiente temática: Derechos humanos.
Noveno Semestre:
1. Prácticas Preprofesionales Integradas IR en Ares Centro Obstétrico y Centro
Quirúrgico, será evaluado sobre 20 puntos que se descomponen de la siguiente manera:
a. 15 puntos la practica asistencial en las UAD y
b. 5 puntos el día académico presencial.
Los 5 puntos del día académico se promediarán con los 5 puntos del taller que serán ejecutados en línea en este semestre.
2. Prácticas Preprofesionales Integradas IR en Ares de Neonatología y Pediatría, será evaluado sobre 20 puntos que se descompone de la siguiente manera.
a. 15 puntos la practica asistencial en las UAD y
b. 5 puntos el día académico presencial.
Los 5 puntos del día académico se promediarán con los 5 puntos del taller que serán ejecutados en línea en este semestre.
Art. 37. Para aprobar el semestre el estudiante deberá completar sumativamente un mínimo de
14/20puntos
Art. 38. Los estudiantes que en un semestre no alcancen el mínimo de 14/20 puntos se considerarán perdedores de semestre y deberán cursarlo un nuevo semestre en calidad de repetidor y como Interno Rotativo ad-honorem en la UAD base que le asigne el Coordinador de las Practicas Preprofesionales laborales de la Carrera.
Art. 39. En caso de una emergencia o ausencia por razones de salud, aceptada por la Coordinación de las Prácticas Preprofesionales Laborales, la/el estudiante podría dar el examen en una fecha fijada por la coordinadora, el tiempo transcurrido entre la evaluación yla reposición no podrá superar la semana (7 días)
Art. 40. Criterios y/o Requisitos para Promover de semestre:
1. Estar debidamente matriculado en el semestre correspondiente.
2. Cumplir con el mínimo de asistencia establecido. (90% de Asistencia).
3. No haber cometido faltas graves, conforme lo establece el presente Reglamento y la
Normativa de las Unidades Docente Asistenciales.
4. Haber cumplido satisfactoriamente con el cronograma de actividades planificado para lapráctica hospitalaria y de la comunidad.
RAZÓN.
El presente reglamento fue discutido y aprobado por el Consejo de carrera en sesión del 23 de septiembre del 2022 (documento No. Oficio Nro. UCE-FCM-CE-2022-0831-O)
El presente Reglamento fue aprobado por el Consejo Directivo el.................................
El presente Reglamento fue aprobado por el Honorable Consejo Universitario el................................. Lo certifica
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Áreas de práctica formativa: son espacios en los cuales se desarrollan las prácticas formativas del área de la salud, dentro de las unidades asistenciales-docentes. Estos pueden ser espacios institucionales y espacios comunitarios, también pueden ser a nivel nacional e internacional.
Comité de Coordinación asistencial-docente (ComCAD): unidad administrativa formada entre el establecimiento de salud y la IES, cuyas funciones son de coordinación, seguimiento y evaluación de la actividad asistencial-docente que se realiza en la UAD respectiva, actividades que están descritas en el convenio respectivo.
Convenio asistencial-docente: es el acuerdo de voluntades suscrito entre las instituciones participantes en la relación asistencial-docente, frente a las condiciones, compromisos y responsabilidades de cada una de las partes, formalizadas en un documento.
Estudiante de posgrado o posgradista: profesional debidamente reconocido con todos los derechos y deberes inherentes a su título, que cumple con el programa académico de posgrado de una institución de educación superior con el objetivo de obtener un título de especialista, es unestudiante de posgrado en especialidades médicas.
Estudiante en entrenamiento: estudiante regular de una Institución de Educación Superior(IES), de pregrado o posgrado que se encuentra realizando actividades prácticas para adquirir destrezas y/o habilidades prácticas bajo supervisión calificada.
Interno/interna rotativo: estudiante del área de salud (medicina, enfermería, obstetricia, nutrición, tecnología médica o carreras afines) que se encuentra en el último año de la carrera universitaria y que realiza labores asistenciales-docentes en los establecimientos asignadas según la programación de la universidad.
Paciente: sustantivo para designar a aquellas personas que deben ser atendidas por un médico un profesional de la medicina a causa de algún tipo de dolencia o malestar. También es el sujeto que recibe los servicios de un médico u otro profesional de la salud y se somete a un examen, a un tratamiento o a una intervención. La palabra paciente está comenzando a sustituirse por la palabra usuario, ya que es indispensable que la persona que asiste a consulta con un profesional de la salud muestre interés tanto por su cuerpo como por sus síntomas y participe activamente de esteproceso, como primer paso para encontrar el camino hacia un buen estado de salud tanto física como mental.
Profesor/profesora o docente: es quien se dedica profesionalmente a la enseñanza, bien con carácter general, bien especializado en una determinada área de conocimiento, asignatura, disciplina académica, ciencia o arte. Además de la transmisión de valores, técnicas y conocimientos generales o específicos de la materia que enseña, parte de la función educativa del profesor consiste en facilitar el aprendizaje para que el estudiante lo alcance de la mejor manera posible.
Relación asistencial-docente: vínculo funcional que se establece entre las IES y los establecimientos de salud, con el propósito de formar talento humano en salud o entre instituciones educativas cuando por lo menos una de ellas disponga de áreas de práctica formativa en salud. Este vínculo se funda en un proceso de planificación académica, administrativa e investigativa de largo plazo, concertado entre las partes de la relación asistencial-docente.
Unidad asistencial-docente (UAD): Establecimiento de salud, público o privado, destinado a la integración entre la docencia y la asistencia en salud, para el fortalecimiento de competencias, conocimientos y prácticas, que propendan a desarrollar el componente asistencial de los futuros profesionales de salud, en el marco de un desenvolvimiento enfocado a la promoción de la salud, prevención de la enfermedad - curación y rehabilitación.
Ministerio de Salud Pública (MSP). - Ente Rector del Sistema Nacional de Salud y responsable de las políticas y lineamientos en materia de Salud Pública. Es responsable de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de la Ley Orgánica de Salud; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias.
Tutor Asistencial-Docente: Es un profesional que labora en el establecimiento de salud y que realiza funciones de docencia, apoyo, gestión, supervisión y evaluación durante el proceso de formación. Es designado por las universidades o escuelas politécnicas y tiene relación de dependencia con la misma. El tutor asistencial docente deberá estimular el autoaprendizaje, asumir las responsabilidades progresivas y la capacidad investigadora del Interno Rotativo.
Actividades Asistenciales: Son las actividades relativas a: guardias o turnos rotativos de atención de enfermería, presentación de casos clínicos, pasar visitas con el equipo médico a pacientes, realización de procedimientos, acompañamiento a pacientes, vigilancia de pacientes, estudio de casos.
Actividades Académicas: Son las actividades relativas a: Clases teóricas y/o prácticas, preparación de protocolos técnicos y documentos científicos, revisión de literatura científica, escritura de trabajos académicos, preparación de ponencias y conferencias científicas, participación en elaboración de guías de práctica clínica (GPC) y protocolos médicos, entre otras actividades similares.
Estipendio para Internado Rotativo: Asignación monetaria que recibe el Interno Rotativo de cualquier área de ciencias de la salud, establecida dentro del Convenio entre el Ministerio deSalud Pública y el Ministerio de Trabajo (MT).
Programa de Internado Rotativo. - Es un programa del área de integración docente asistencial de las instituciones del sistema de educación superior, que tiene como objetivo aplicar y profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas, proporcionados a las y los estudiantes de la Carrera de Enfermería de la Universidad Central del Ecuador
RAZÓN: El presente REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES LABORALES. INTERNADO ROTATIVO CARRERA DE ENFERMERÍA, fue conocido en la sesión de 20 de octubre 2022 y aprobado por el Consejo Directivo en sesión de 9 de noviembre 2022, CERTIFICO.-
Dra. Marcia Singaña Figueroa
SECRETARIA ABOGADA (e)
FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

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